ASIS 2002: OTRO ULTRAJE AL "PRINCIPE DE LA PAZ" (Is 9, 6)
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A lo que Juan Pablo II denomina "representantes de las demás religiones", la Iglesia los has llamado siempre, con mas propiedad, "infieles": "en un sentido más general, son infieles todos los que carecen de la fe verdadera; en sentido restringido, los infieles son los no bautizados, y se distinguen en monoteístas (hebreos y mahometanos), politeístas (hindúes, budistas, etc) y ateos" (Roberti- Palazzini, Dizionario de teologia morale, pág. 813). A las que Juan Pablo II designa por "otras religiones", la Iglesia las ha calificado todas, más propiamente, de "religiones falsas": es falsa toda religión no cristiana "en cuanto que no es la religión que Dios reveló y quiere que se practique. Más aun, es falsa también toda secta cristiana acatólica en cuanto que no acepta ni pone por obra fielmente todo el contenido de la revelación" (ibidem). Esto supuesto, el encuentro de oración de Asís ha de conceptuarse, a la luz de la fe católica, como:
- una injuria inferida
a Dios; Injuria inferida a Dios Toda oración, inclusive la de suplica o petición, es un acto de culto (v. S. Th. II-II, q.83); de ahí que haya de tributarse a quien se debe y de la manera debida. A quien se debe: al único y verdadero Dios, creador y señor de todos los hombres, al cual los remitió nuestro señor Jesucristo (I Jn 5, 20) al consagrar el primer precepto de la Ley: "Yo soy el señor Dios tuyo... No tendrás otros dioses fuera de mí... no los adoraras ni les rendirás culto" (1). De la manera debida: es decir, correspondiente a la plenitud de la revelación divina, sin mezcla de errores: "pero ya llega la hora, y es esta, cuando los verdaderos adoradores adorarán al Padre en espíritu y en verdad, pues tales son los adoradores que el Padre busca". (Jn 4, 23) La plegaria dirigida a divinidades falsas, o animada por opiniones religiosas contrarias en todo o en parte a la revelación divina, no es un acto de culto, sino de superstición; no honra a Dios, mas lo ofende; objetivamente al menos, constituye un pecado contra el primer mandamiento (cf. S. Th. II-II, qq. 92 y 96). ¿A quién rezaron los reunidos en Asís? ¿Y cómo lo hicieron? Invitados en calidad de "representantes" autorizados "de las demás religiones", otra vez "rezará cada uno a la manera y según el estilo que le sea propio" (cardenal Willebrands, presidente del Secretariado para los no cristianos, en L' Osservatore Romano, 27/28 de enero de 1986, p. 4); de nuevo será cuestión de "respetar la plegaria de cada cual, de permitirle a cada uno que se exprese en la plenitud de su fe, de su creencia" (cardenal Etchegaray, La Documentation Catholique, 7/21 de septiembre de 1986). Así pues, en Asís la superstición se practicara en abundancia otra vez, y en sus especies mas graves: desde el "culto falso" de los judíos, quienes en la era de la gracia pretenden honrar a Dios negando a su Cristo (cf. S. Th. II-II, q. 10 , art. 11), a la idolatría de los hinduistas y budistas, que rinden culto a la criatura en vez de al Creador (cf. Act 17, 16). La aprobación, o mejor dicho, la invitación de al jerarquía católica, es injuriosa a Dios en grado superlativo por suponer y dar a entender que El mira con ojos igual de buenos tanto un acto de culto cuando de supersticioso, lo mismo una manifestación de fe de incredulidad (cf. S. Th. II-II, q. 94, art. 1), así la religión verdadera como las falsas; en pocas palabras: tanto la verdad cuanto el error. Negación de la necesidad universal de la redención Uno es el mediador entre Dios y los hombres: Jesús señor nuestro, hijo de Dios y hombre verdadero (1 Tim 2, 5). Los hombres son filii irae por naturaleza (Ef 2, 3); pero el Padre los reconcilio consigo por medio de Cristo (Col 1, 20), y solo por la fe en este puede osar acercarse a Dios con plena confianza (Ef 3, 12). A el le fue dado todo poder en el cielo y en la tierra (MT 28, 18), y su nombre ha de doblar la rodilla todo cuanto hay en los cielos, en la tierra y en los infiernos (Fil 2, 10-11). Nadie va al Padre sino por El (Jn 14, 6), y ningún otro nombre ha sido dado bajo el cielo, entre los hombres, por el cual puedan ser salvos (Act 4, 12). El es la luz verdadera que ilumina a todo hombre que viene a este mundo (Jn 1, 9), y quien no lo sigue camina entre tinieblas (Jn 8,12). El que no esta con El, esta contra El (MT, 13, 30), y quien no lo honra, ultraja al Padre, que le envió (Jn 5, 23). A El le entrego el Padre todo el poder de juzgar a los hombres (Jn 5, 22): mejor dicho: el que cree en El no es juzgado, pero quien no cree ya esta condenado, porque no creyó en el nombre del unigénito Hijo de Dios (Jn 3, 18). La vida eterna estriba en conocerle a El y al Padre, que lo envió (Jn 17, 3). El es, además, el príncipe de la paz (Is 9, 6; Cf. Ef 2, 14 y Miqueas 5, 5). mientras que las divisiones, los conflictos, las guerras, son fruto amargo del pecado, del cual no se libra el hombre por su propia mano, sino en virtud de la sangre del Redentor. Ahora bien, que parte le cabe a nuestro señor Jesucristo en Asís, en las plegarias de los "representantes de las demás religiones" no cristianas? Ninguna, como que sigue siendo para ellos una incógnita o una piedra de tropiezo, un signo de contradicción. De ahí que la invitación que se les cursa para que recen por la paz del mundo supone y da a entender por fuerza que hay hombres -los cristianos- que deben acercarse a Dios por medio de nuestro señor Jesucristo y en nombre de este, mientras que hay otros -el resto del genero humano- que pueden allegarse a Dios directamente y en su propio nombre, prescindiendo del Mediador; es decir: hombres que han de doblar su rodilla ante nuestro señor Jesucristo y otros a los que se da por equitos de esta obligación; hombres a quienes corre el deber de buscar la paz en el reino de nuestro señor Jesucristo y otros que pueden alcanzar la paz fuera de su reino, y hasta moviéndole guerra (2). Se sigue de ahí que el "encuentro de oración" de Asís es la negación publica de la necesidad universal de la redención. Falta de justicia y de caridad para con los infieles "Jesucristo no es facultativo" (cardenal Pío). No hay hombre que se justifiquen por la fe en El y otros que lo hagan echándolo por la borda: todo hombre o se salva en Cristo o se pierde sin Cristo. Tampoco hay fines últimos naturales por los cuales pueda optar el hombre como alternativa a su fin ultimo sobrenatural; si, extraviado como esta por el pecado, no halla en Cristo el camino (Jn 4, 6) para alcanzar el fin en vista del cual creado, no le queda mas que la ruina eterna. La fe verdadera, pues no la "buena fe", es la condición subjetiva de salvación para todos por ser necesaria con necesidad de medio, "al faltar ella (aunque dicha carencia sea inculpable), resulta imposible de todo punto alcanzar la salvación eterna (Heb 11, 6)" (Roberto- Palazzini, op. cit., página 66). La infidelidad voluntaria es una culpa -explica Sto., Tomas-, y la infidelidad involuntaria, un castigo. En efecto, los infieles que no se pierden por el pecado de incredulidad, es decir, por "el pecado de no haber creído en Cristo", de quien "nunca oyeron hablar", se pierden por los otros pecados, que a nadie se le perdonan sin la fe verdadera (v. Mc 16, 15-16; Jn 20, 31; Heb 11, 6; Concilio de Trento: D. 799 y 801; Vaticano I : D. 1793; Cf. S. Th. II-II, q. 10, a1). En consecuencia, nada es mas importante para el hombre que la aceptación del Redentor y la unión con el Mediador: es cuestión de vida o muerte eterna. Esto es, pues, lo que los infieles tienen derecho a que les anuncie la Iglesia, conforme al mandato divino (Mc 16, 16; Mt. 28, 19-20). Y esto es lo que siempre les anuncio la Iglesia católica, rezando por ellos, no con ellos. ¿Que pasa en Asís, en cambio? Que no se ruega por los infieles, con lo que se supone, implícita y públicamente, que les hace falta la fe verdadera, mientras que, por el contrario, se ruega con ellos, presumiendo así, una vez mas implícita y públicamente, que la oración dictada por el error es acepta a Dios, al mismo título que la que se hace "en espíritu y verdad": "Se trata de respetar la oración de cada cual". Lo que significa que a los infieles que se reúnen en Asís se les dejara, "respetuosamente", "en las tinieblas y en la sombra de muerte" (Lc 1, 79) (párese mientes en que los susomentados infieles no son los nutriti in silvis, que "jamás oyeron hablar de la fe", conjeturados por los teólogos cuando debaten el problema de la salvación de los infieles: vide Doctor Thomas, in De Veritate, 14-11). Al autorizarles a rezar en calidad de "representantes de las demás religiones" y según sus erróneas creencias religiosas, se les autoriza por eso mismo a preservar en pecados, materiales al menos, contra la fe (infidelidad, herejía, etc.) Al invitarles a rogar por la paz del mundo -convertida no solo en un "bien fundamental", sino hasta "supremo" (3)-, se les aparta de los bienes eternos, extraviándolos hacia un fin temporal, un fin secundario natural, como si carecieran de un fin ultimo sobrenatural, este si, fundamental y supremo: "Buscad el reino de Dios y su justicia y todo lo demás se os dará por añadidura" (Mt 6, 33). Por todo ello, el "encuentro de oración" de Asís constituye una falta, externa por lo menos, de justicia y caridad para con los infieles. Peligro y escándalo para los católicos La fe verdadera es imprescindible para la salvación. Los católicos, por tanto, tienen el deber de evitar todo peligro próximo para la fe. Entre los peligros externos se cuenta el contacto con los infieles, siempre que no se justifique por ninguna necesidad real. Tal contacto es ilícito por derecho natural y divino aun antes que por derecho eclesiástico, y lo seria incluso si el derecho eclesiástico no lo prohibiera (en la vida civil, p. ej.): "Haereticum hominem devita [evita al hereje]" (Tit 3, 10). La Iglesia, pues, acicateada por su solicitud maternal, ha prohibido siempre todo lo que pueda ser no solo un peligro para la fe de los católicos, sino además un motivo de escándalo (v. los cánones 1258 y 2316 del código pio- benedictino, que resumen el derecho secular de la Iglesia: cf. también S. Th. II-II, q. 10, aa. 9-11). Cuanto a las religiones falsas, la Iglesia les ha negado siempre el derecho al culto publico; las ha tolerado en caso necesario, pero la tolerancia "se refiere siempre a un mal que se permite por alguna razón proporcionada" (Roberti- Palazzini, op. cit., p. 1702); en cualquier caso, siempre ha evitado y prohibido todo lo que incluye cualquier aprobación externa de los ritos acatólicos. ¿Qué sucede, en cambio, en Asís? Los católicos y los infieles "se juntan allí para rezar", aunque "no para rezar juntos", según un jueguecito de palabras execrable. Lo cual no significa otra cosa sino que se juntan para la oración, pero que no rezan en montón, sino en lugares apartes, y que vuelven a juntarse en la ceremonia de la clausura, pero rezando por turno, no todos a una. Y ello no para tutelar la fe de los católicos ni para evitar el escándalo, sino para que "cada cual" pueda rezar "a la manera y según el estilo que le sea propio"; para "respetar la plegaria de cada uno" y "permitirle a cada uno que se exprese en la plenitud de su fe, de su creencia" (4). Lo cual entraña la aprobación, externa al menos, 1) de los cultos falsos, a los que la Iglesia ha negado siempre todo derecho; 2) del subjetivismo religioso, el cual "pretende justificarse con las presuntas exigencias de la libertad, sin reconocer los derechos que la verdad objetiva nos manifiesta sea con la luz de la razón, bien con la revelación" (Roberti-Palazzini, op., p. 805). El indiferentismo religioso, que es "una de las herejías mas deletéreas" (ivi) y que pone "al mismo nivel a todas las religiones" (ivi), lleva inevitablemente a considerar irrelevante la verdad de las creencias religiosas a los efectos de la vida virtuosa y de la salvación eterna: "Se termina por considerar la religión como un hecho absolutamente individual, acomodado a las disposiciones de cada uno, quien se forma su religión propia, y por concluir que todas las religiones son buenas, aunque se contradigan entre sí" (Roberti- Palazzini, op. cit., p. 805). Pero con esto estamos fuera del acto de fe católica. Nos hallamos en el "acto de fe del vicario saboyano" de Rousseau, que es un acto iluminista, un acto de incredulidad en la revelación divina. Esta es, en efecto, un hecho real, una verdad acreditada por Dios con signos ciertos, porque el error en tal campo entrañaría consecuencias gravísimas para el hombre (León XIII, Libertas). Ahora bien, "ante la presencia de un hecho real o de una verdad evidente, no se puede ser tolerante hasta el punto de aprobar la actitud de quien los considera inexistentes o falsos, pues eso significaría que no creemos en absoluto en la verdad de nuestra posición, que no estamos convencidos plenamente de ella, o bien que estamos en presencia (o pensamos estarlo) de un asunto absolutamente indiferente o banal, o que conceptuamos la verdad y el error como posiciones absolutamente relativas" (Roberti- Palazzini, op. cit., p.1703). Y dado que el "encuentro de oración" de Asís significa todo eso precisamente, constituye una ocasión de escándalo para los católicos y un peligro serio para su fe. A fuerza de ecumenismo, corren el riesgo de amanecer un día unificados con los infieles, si, pero en la "ruina común" (Pío XII, Humani Generis). Traición a la misión de la Iglesia y de Pedro Es misión propia de la Iglesia anunciar a todas las gentes:
- que hay un solo Dios
verdadero, quien se revelo para todos los hombres en Nuestro Señor
Jesucristo;
-que no hay otra arca
de salvación; que perecerá en el diluvio quien no entra en ella" (al
menos con votum [deseo] explicito o implícito y con la disposición moral
de cumplir toda la voluntad de Dios, "si la ignorancia es invencible de
verdad") Pío IX, in Denzinger B. 1647). Anunciar todo eso, decíamos, es la misión propia de la Iglesia; "Id y enseñad a todas las gentes, bautizándolas en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, enseñándoles a observar todo lo que os he mandado" (Mc 28, 19-20); "Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura. Quien crea y se bautice se salvará; pero quien no crea se condenara" (Mc 16, 16). Así pues, a fin de que la Iglesia pudiera desempeñar con seguridad esta misión suya, Nuestro Señor Jesucristo le confió a Pedro y a sus sucesores la misión de representarlo visiblemente (Mt 16, 17-19; Jn 21, 15-17): "A dicho Vicario, pues, no se le ha encomendado la tarea de establecer una doctrina nueva con nuevas revelaciones, o la de crear un nuevo estado de cosas, o la de instituir nuevos sacramentos; no es tal su función. El representa a Jesucristo, a la cabeza se su Iglesia, cuya constitución es perfecta. Esta constitución esencial, es decir, la creación de la Iglesia, fue la obra propia de Jesucristo, quien debía cumplirla en persona y decirle al Padre: 'He llevado a cabo la obra que me encomendaste'. No necesita que se le añada nada; tan solo es menester mantener esta obra, asegurar la obra de la Iglesia y regular el funcionamiento de sus órganos. De ahí que dos cosas sean necesarias: gobernarla y perpetuar en ella la enseñanza de la verdad. El concilio Vaticano [I] reduce la función suprema del vicario de Jesucristo al desempeño de estas dos tareas. Pedro representa a Jesucristo en estos dos aspectos" (Don A. Grea, De l' Eglise et de su divine constitution; vide Vaticano I, Constitución Pastor Aeternus, cap. IV). Así que el poder de Pedro no tiene igual sobre la tierra; pero se trata de un poder vicario y , como tal, no es absoluto en manera alguna, sino que esta limitado por el derecho divino de Aquel a quien representa: "El Señor confió a Pedro sus ovejas, no las de Pedro, a fin de que las apacentase para el Señor, no para si propio" (San Agustín, Sermón 285, n.3). Así pues, no esta en la mano de Pedro promover iniciativas contrarias a la misión del la Iglesia y del Romano Pontífice, como lo es de toda evidencia el "encuentro de oración" de Asís. No goza del derecho a invitar a "representantes" de las religiones falsas a que recen a sus falsos dioses en lugares consagrados a la fe del Dios verdadero el Vicario de Aquel que dijo: "Apártate, Satanás, porque escrito esta: 'Al señor tu Dios adoraras y a El solo darás culto'" (Mt 4, 3-12); no debe autorizar a que prescinda de Nuestro Señor Jesucristo el sucesor del que obtuvo el primado por su fe: "Tu eres el Mesías, el Hijo del Dios vivo" (Mt 16, 16; Cf. Jn 6, 69-70). No ha de ser piedra de tropiezo para la fe de sus hijos y hermanos el sucesor de aquel que recibe el mandato de confírmalos en al fe (Lc 22, 23). Notas: (1) Esd 20, 2-5; cf. Mt. 4, 3-12; Jn 17, 3; 1 Tim 2, 5; véase al respecto Vita e virtù christiane, p. 52, del cardenal Pietro Palazzini, y De revelatione, de Garrigou- Lagrange, Roma- París, 1918, vol. I, p.136). (2) Es lo que, por otra parte, se infiere también de las declaraciones de los cardenales susodichos: "Si para nosotros, los cristianos, nuestra paz es Cristo, para todo los creyentes la paz es un don de Dios" (Willebrands en L' Osservatore Romano citado); "Para los cristianos, la oración pasa por Cristo" (Etchegaray en La Documentation Catholique citada). (3) Juan Pablo II y el cardenal Willebrands en L' Osservatore Romano del 7/8 de abril y del 27/28 de enero de 1986, respectivamente. (4) Willebrands, Etchegaray, declaraciones ya citadas.
Fuente: http://www.geocities.com/sisinonodigital/ecumenismo/asis2002.htm
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